El 27/12/2010 hicimos formalmente la solicitud ante la Comisión del Patrimonio del MEC de que la fiesta ritual en honor a Yemanjá en Uruguay realizada los 2 de febrero en las playas, sea declarada Patrimonio Nacional con miras a que integre la lista de Patrimonio Cultural Inmaterial a nivel mundial.
El pedido era acompañado con expresiones de personalidades locales y de países vecinos, adhiriendo a la trascendencia social y turística de las festividades de la deidad africana, calendario incontestable de turismo en el verano uruguayo. Se pedía también una reunión, y nada nos dijeron en cinco meses hasta este mayo 2011 en que comenzamos a preguntar.
Luego de confirmar que el expediente no había sido movido y después de abundantes llamadas telefónicas dejando datos, nos atendió el secretario de dicha Comisión informándonos informalmente -se supone que estas cosas se contestan por escrito- algo bastante desalentador: aparentemente la Comisión del Patrimonio Nacional no considera que proceda conceder tal categoría a la fiesta ritual de Iemanjá por un tema de laicidad. (¿¿??) Decidimos fortalecer la petición yendo ante Facultad de Humanidades por un eventual interés investigativo, y revisamos la ley número 18035 del 2006 que aprueba la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de UNESCO, la cual literalmente habla de la factibilidad de la declaración. Tal instrumento jurídico internacional es ley para Uruguay como suscriptor ratificante, y compromete a los Estados firmantes al “respeto al patrimonio inmaterial de las comunidades” definido como “usos, representaciones, expresiones” entre otros, el cual “se manifiesta en particular en: tradiciones y expresiones orales…rituales y actos festivos”, características ambas que reúne la celebración de Iemanjá además de otros atributos tradicionales públicamente conocidos, académicamente observados y debidamente documentados.
NOS ENTERAMOS POR DIARIO EL PAÍS DEL 25/5/2011 -cinco meses después que nosotros hiciéramos la solicitud sobre Iemanjá- que a pedido del Ministerio de Turismo y de la Intendencia de Florida, podrían declarar la fiesta de San Cono como Patrimonio Cultural. Confiamos en que se atenderá nuestra iniciativa ya que similares criterios aplican para las dos situaciones.
Sin embargo, es preocupante que existan tan dispares razonamientos en un mismo Poder Ejecutivo: un ministerio alegando lesionar la laicidad desestima el pedido para que una festividad religiosa sea declarada patrimonio y otro ministerio promueve una festividad religiosa DE OTRA RELIGIÓN por si mismo junto a una intendencia departamental. La única diferencia es que se trata de distintas confesiones y en ese aspecto no hay jerarquías al menos legales, aunque es cotidiana la discriminación e invisibilización hacia lo africano y lo indígena por el racismo estructuralmente imperante. CREEMOS QUE AMBAS SITUACIONES SON ATENDIBLES Y APELAMOS A LAS NORMATIVAS VIGENTES Y A LA SENSIBILIDAD DE LOS ORGANISMOS PÚBLICOS QUE DEBEN RESPONDER A LAS INQUIETUDES DE LAS COMUNIDADES EN BÚSQUEDA DE INTEGRACIÓN Y EQUIDAD.
Cuando citan a Iemanjá en eventos artísticos en UNESCO internacional y UNESCO Montevideo, nombran la fiesta como “patrimonio inmaterial” naturalmente, contamos con varios programas nacionales y departamentales así como normativas de promoción y fortalecimiento de las culturas ancestrales afroindígenas históricamente postergadas fomentando su simbología y expresiones, especialmente las convicciones espirituales como pilar de identidad. La propia ley de Educación Pública, declara una laicidad inclusiva y no negacionista ni restrictiva, atendiendo al hecho religioso como hecho social. YA QUE HACE CINCO MESES PEDIMOS Y NO NOS DIERON UNA RESPUESTA CLARA, ESPERAMOS QUE NUESTRA DECLARACIÓN NO DEBA ESPERAR A QUE SE HAGA LA DE SAN CONO Y LOS MECANISMOS PÚBLICOS ACTÚEN CON DIÁFANA IMPARCIALIDAD.
Susana Andrade - Grupo Afroamerindio ATABAQUE - Federación IFA del Uruguay
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