martes, 18 de agosto de 2009

El Congreso uruguayo aprueba por unanimidad una norma contra el acoso sexual

Por Agencia EFE


Montevideo, 18 ago (EFE).- El Congreso uruguayo aprobó hoy por unanimidad una ley que sanciona el acoso sexual en el ámbito laboral y de estudios, al tiempo que garantiza una indemnización a las víctimas.

Esta norma, que ya cuenta con la aprobación también unánime de la cámara alta del Parlamento uruguayo, fue impulsada por los ministerios de Trabajo y Seguridad Social, Educación y Cultura y Desarrollo Social, con el objetivo de "prevenir y sancionar" el acoso sexual y "proteger" a las víctimas del mismo.

Así, entre otras novedades, esta ley ofrece protección a los estudiantes víctimas de acoso, a quienes se aseguran los mismos derechos legales que a quienes sufren esa conducta en los centros de trabajo, incluida la indemnización económica.

Además, también considera la responsabilidad no sólo del agresor, sino también de aquellas personas, empresas o instituciones que, teniendo conocimiento del acoso, no dieran los pasos necesarios para evitarlo.

Otra de las medidas establece que las víctimas y testigos de casos de acoso sexual no podrán ser despedidas de sus trabajos, ya que de lo contrario tal situación podría ser calificada de represalia laboral por parte de los empleadores.

Por acoso sexual la norma entiende "todo comportamiento de naturaleza sexual, realizado por persona de igual o distinto sexo, no deseado por la persona a que va dirigido y cuyo rechazo le produzca o amenace producirle un perjuicio en su situación laboral o de relación docente".

A partir de ahora serán penados los requerimientos de favores sexuales que impliquen "promesa o amenaza, implícita o explicita", de un trato preferencial respecto de la situación actual o futura de un empleado o estudiante.

Además, serán sancionados "acercamientos corporales u otras conductas de naturaleza sexual indeseada u ofensiva".

La sanción para el protagonista del acoso, de acuerdo a la gravedad de su comportamiento, podrá llegar incluso al despido por "notoria mala conducta", mientras que la víctima "tendrá derecho a reclamar una indemnización por daño moral mínima equivalente a seis salarios", agrega la normativa.

Según explicó a la emisora "El Espectador" la inspectora general del Trabajo de Uruguay, María Narducci, la nueva ley llenará "un vacío legal muy importante" y es necesaria para poder actuar de forma efectiva frente a las denuncias de acoso comprobadas.

La inspectora afirmó que la ley dará al organismo "respaldo de primer orden para poder actuar, intervenir y corregir este tipo de situación que pueden sufrir trabajadores y trabajadoras, sin distinción de género".

"Hasta el momento, lo que podíamos hacer era sancionar la infracción, pero ahora tenemos un respaldo legal de otra naturaleza y nos va a permitir definir un procedimiento", agregó Narducci

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